martes, 23 de agosto de 2011

Despenalizacion para combatir el narcotrafico



“Despenalizar es combatir el narcotráfico “ se ha convertido en este último tiempo en una de las frases que embandera a muchos sectores de la sociedad y una de las mas cuestionadas por los sectores más conservadores , frase que surge del fallo de nuestra Corte Suprema de Justicia argentina que declaró inconstitucional el artículo 14 de la ley 23.737 de tenencia y tráfico de estupefacientes que pena con “prisión de uno a seis años y multa de ciento doce mil quinientos a dos millones doscientos cincuenta mil australes el que tuviere en su poder estupefacientes” .
Este fallo ha generado un debate polémico en distintos sectores de la sociedad argentina. Lo cierto es que tal articulo es inconstitucional , ya que violenta el ámbito privado y la libertad de personal y además porque el estado no puede intervenir en actos que no dañen a terceros , (artículo 19 de la constitución nacional).De esta manera se puede sostener que la citada ley 23.737 redactada en 1989 demostró sus falencias ya que penaliza el consumo personal y no hace una distinción entre narcotraficantes y usuarios y usuarios con consumo problemático a los cuales se los aleja del sistema de salud criminalizándolos y estigmatizándolos.
Dicha ley además no soluciona el problema ya que los narcotraficantes siguen siendo amparados por la institución pública policial y los consumidores; verdaderas víctimas de este sistema son enviados a las cárceles a cumplir penas realmente severas y desproporcionadas y no hace mas que legitimar el poder punitivo del estado y la represión policial .
Es así que podemos mencionar casos como el de matias faray un conocido activista y cultivador de cannabis y William Vargas gonzalez (sometido a 4 años de prisión por tener siete plantas en su casa y quien fue salvajemente torturado por los penitenciarios ) son un fiel reflejo de la atrocidad con la que actúa esta ley y el sistema policial encargado de “ hacerla cumplir” . Siguiendo lo citado se puede sostener claramente que esta cuerpo normativo ,contiene vacios legales sujetando a interpretación subjetiva del juez que tome el caso concreto sobre qué tipo de cantidad debe considerarse consumo personal , se reflejan así las falencias con las que actúa el sistema punitivo en esta materia .
Como contrapartida a esto , se han desarrollado masivas movilizaciones en todo el país de jóvenes y asociaciones de cannabicultores y se han realizado arduos debates en el congreso de la nación en base a varios proyectos presentados , uno de los más destacados y completos es el proyecto n° 7258 presentado por la Diputada Victoria Donda de Libres del sur la cual expresa : “ se ha generado una corriente de apoyo muy importante al proyecto , sobre todo en los pibes que ven como a muchos se los llevan presos por fumar un porro , ven que siempre agarran a los más indefensos , que no tienen abogados que los saquen rápido y se tienen que pasar un montón de tiempo en el calabozo con otras personas” . Este proyecto de ley propone la despenalización de consumo, la tenencia simple y legalizar la siembra y cultivo ,también el proyecto hace referencia a las personas que ingresan drogas al país desde el extranjero ; las llamadas “ mulitas” victimas del narcotráfico a las cuales se propone bajar la pena a dos años de prisión .
Otras de las figuras que se propone modificar es la del consumidor que ingresa al tribunal por tenencia de drogas para consumo personal a los cuales el estado los somete como “medidas curativas “a un proceso de rehabilitación, esta figura desaparecería para el proyecto n° 7258 . De esta manera se puede sostener que el mismo presentado por la Diputada Donda aborda la cuestión del consumo de estupefacientes desde una perspectiva integradora de las políticas de salud pública, educativas y sociales.

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